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"El Codigo Técnico de la Edificación y su relación con la LOE"

 

Autor: Concha Hervella Ordoñez

1. Introducción

 

Toda vivienda familiar se compondrá como mínimo, de cocina, comedor, un dormitorio de dos camas y un retrete.
Las habitaciones serán independientes entre sí de modo que ninguna utilice como paso un dormitorio, ni sirva de paso a su vez al retrete.
Las dimensiones mínimas de las distintas habitaciones serán las siguientes:
Dormitorios de una sola cama, seis metros cuadrados y 15 metros cúbicos de cubicación, de dos camas, 10 metros cuadrados y 25 metros cúbicos de cubicación
Cuarto de estar, 10 metros cuadrados.
Cocina, 5 metros cuadrados.
Retrete, 1,50 metros cuadrados.


Estas son algunas de las exigencias mínimas que habían de reunir las viviendas según la Orden de 29 de febrero de 1944, del Ministerio de la Gobernación. Afortunadamente, y en menos de siete décadas las condiciones mínimas de las viviendas de los españoles están a años luz de las exigidas en el 44. Y, sin embargo, en nuestros días se sigue demandando calidad en la edificación.

A continuación, me propongo desarrollar esta ponencia. En primer término, me referiré a los requisitos y exigencias básicas, a continuación me detendré en el contenido del CTE y, finalmente, hablaré del proyecto y de la fase de ejecución de obra.

Esta ponencia lleva por titulo el Código Técnico de la Edificación y su relación con la Ley de Ordenación de la Edificación.

Metafóricamente hablando, podríamos decir que la relación de la LOE con el CTE es una relación materno filial, donde la LOE seria la madre y el CTE su hijo.

La LOE ya contiene en sus entrañas una definición del CTE. Concretamente en su artículo 3 apartado 2, define al código técnico como el marco normativo por el que se regulan las exigencias básicas que deben cumplir los edificios de tal forma que permitan la satisfacción de los requisitos básicos. Definición que se repite en el artículo 1 del CTE.

Y la LOE se refiere también al CTE en su Disposición Final 2ª, por la cual se autorizaba al gobierno para que, en el plazo de dos años, desde la entrada en vigor de la LOE, se aprobase un CTE que determinase las exigencias básicos en relación con los requisitos básicos de seguridad y habitabilidad.

El CTE fue aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, es por tanto una norma de desarrollo, de carácter reglamentario que, con cuatro años de retraso nada menos, ha dado cumplimiento al mandato contenido en la DF 2ª LOE y fiel al mandato de la LOE el CTE es definido por su artículo 1 como el marco normativo por el que se regulan las exigencias básicas de calidad que deben cumplir los edificios y sus instalaciones para satisfacer los requisitos básicos de seguridad y habitabilidad.

Disculpen las reiteraciones básicos/básicas pero se deben al propio legislador que, una y otra vez, utiliza el calificativo básico.